De acuerdo a la Ordenanza general de urbanismo y construcción, debemos entender por subdivisión “El proceso de división del suelo que no requiere la ejecución de obras de urbanización por ser suficientes las existentes, cualquiera sea el número de sitios resultantes”

Pasos:

  • Lo primero es conocer la normativa que afecta al terreno, por lo que no todos los terrenos se pueden subdividir.
  • La calidad del terreno (Rural o Urbano).
  • Verificar la superficie predial mínima
  • Medidas mínimas para subdividir el terreno para lograr eventual subdivisión.
  • Los terrenos urbanos esta fijada por el plan regulador del lugar que se encuentre el terreno.
  • La regla general es que la superficie predial mínima puede ser desde 300 m2, excepción en comunas mas pobladas, el límite puede ser reducido a 100 m2.
  • Predio rural, que se encuentre fuera del radio urbano es de 5000 metros cuadrados.
  • En zonas determinadas que gozan de protección pueden tener un límite mayor.